miércoles, 26 de noviembre de 2008

Medidas legales contra el bullying o matonaje en los colegios

Resulta familiar escuchar que un niño o niña ha sido víctima en el colegio de hostigamiento, maltrato o violencia por parte de sus compañeros. Pero no son conocidas las herramientas que ofrece la legislación chilena para resguardar a las víctimas de sus agresores.

El informe “El Bullying y sus implicancias jurídicas” de los abogados Eduardo de la Maza, José Manuel Cruz y Christian Alvarado, explica las distintas opciones legales que tienen las familias de los estudiantes que han sido agredidos física o sicológicamente. Éstas son:


- Reglamento interno de los colegios: establecen normas de convivencia y sanciones a las infracciones. Sin embargo, no todos los establecimientos mencionan este tipo de situaciones.

- Recurso de protección: para asegurar en la práctica los derechos que están en la Constitución, como la integridad física y síquica. Se interpone en la Corte de Apelaciones.

- Medida de protección: para proteger al menor. La pueden interponer los padres, profesores o directores del colegio ante un tribunal de familia.

- Acciones criminales: hay conductas asociadas al bullying que constituyen delito como lesiones físicas, hurtos y abusos sexuales. En este caso los mayores de 14 años son responsables, cualquiera puede hacer la denuncia ante la policía, el Ministerio Público y los tribunales, y los profesores y directores tienen la obligación de hacerlo. De hecho, recientemente un fallo del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró con discernimiento a menor implicado en caso de bullyng.

- Acciones civiles: estas demandas apuntan a que se indemnice por incumplimiento de las obligaciones de cuidado y protección que tiene un colegio con sus alumnos. Pueden interponerlas los padres contra el agresor y/o contra el colegio ante un juzgado civil.

Ver más en informe “El Bullying y sus implicancias jurídicas”.

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